Herencia: ¿Cuándo me corresponde?
Cuando se trata de herencias, hay mucha confusión por parte de los familiares, sobre a quién le corresponde heredar y en qué casos, seguro has escuchado alguna historia de personas que heredan bienes de sus hermanos, tíos, sobrinos y se crea toda una confusión respecto del tema.
Fíjate bien, la ley establece en México, que cuando una persona muere sin haber hecho testamento y hay cónyuge e hijos, éstos siempre van a ser herederos; solo en caso de que éstos no existan le corresponderá heredar a los padres o ascendientes del decujus (nombre legal que se le da al difunto).
La regla general esque los parientes más cercanos, excluyen a los más lejanos, pero esto no es del todo así y aquí te explico los diferentes supuestos:
- En caso de sobrevivir el Cónyuge (Es decir el viudo o viuda).
Cuando sobrevive el cónyuge y los hijos del autor de la sucesión, el cónyuge tendrá el mismo derecho que un hijo, entonces si son dos hijos, se sumará la parte del cónyuge y la herencia se dividirá en partes iguales entre tres.
Solo en caso de no haber hijos, el cónyuge podrá heredar con lo ascendientes (padres del decujus), en éste caso, la herencia se dividirá en dos partes iguales, una para el cónyuge y otra para los ascendientes.
Para el caso de no haber ascendientes ni descendientes, la herencia se dividirá entre el cónyuge y los hermanos del decujus, caso en el que la herencia de dividirá en dos terceras partes para el cónyuge y una tercera parte para los hermanos que hubiere.
- Para el caso de hijos, nietos y bisnietos:
Si a la muerte de los padres, quedaran solo hijos, la herencia se dividirá siempre en partes iguales entre el número de hijos que fueran.
Los descendientes de ulterior grado, solo podrán heredar en representación del hijo premuerto(que murió antes del decujus), es decir podrán heredar los nietos del decujus, cuando su padre haya muerto antes que el decujus, caso en el cual, les corresponderá a los nietos únicamente la parte de su padre.
Si únicamente quedaran nietos, la herencia se dividirá por estirpes, es decir la herencia se dividirá entre el número de hijos del decujus y si a alguna de éstas partes divididas correspondiera heredar a varios nietos, se dividirá la porción correspondiente en entre el número de nietos.
Cuando sobrevivan los hijos y los padres del decujus, éstos últimos solo tendrán derecho a recibir alimentos, que bajo ninguna circunstancia podrá exceder a la parte que le corresponda a uno de los hijos.
- Parientes ascendientes:Si solo sobrevivieran los padres del decujus sin existir viuda o viudo e hijos, la herencia se repartirá en partes iguales entre el papá y mamá del autor de la sucesión.
Si sobreviviera únicamente uno de los padres, éste recibirá toda la herencia del hijo.
- Sucesión del Estado:Cuando no existen parientes que reclamen una herencia, entonces el Estado puede reclamar a través del DIF, todos los recursos que formen parte de la masa hereditaria, dinero que será usado en la beneficencia pública.
Para concluir, saber si te corresponde heredar tienes que ubicar el tipo de parentezco que tienes con tu familiar fallecido y ubicarte en los supuestos que te dejé anteriormente, así sabrás cuando y como te corresponde heredar.







